SALTA, ARGENTINA, 3 OCTUBRE 2023.- El expropietario de la empresa de transporte de pasajeros La Veloz del Norte, Marcos Levin, junto a otras dos personas, serán juzgados desde este martes por la justicia federal de Salta, por su presunta responsabilidad en el secuestro ilegal de 17 empleados de esa firma, en enero de 1977, durante la dictadura cívico militar.
El proceso oral se llevará a cabo en el Tribunal Oral Federal 1 y Levin seguirá las audiencias por videoconferencia.
Se trata de la causa “La Veloz del Norte II”, contra el expropietario de esa empresa salteña, por el secuestro y los tormentos sufridos por 17 trabajadores que habían participado de reclamos sindicales, en enero de 1977, por malos tratos y para pedir aumentos salariales, entre otros pedidos.
Además de Levin, llegan imputados a este juicio el exjefe de Personal de la empresa, José Antonio Grueso, y el excomisario Víctor Hugo Almirón, que se desempeñaba en la Comisaría Cuarta de la ciudad de Salta.
En enero de 1977, con le excusa de una supuesta defraudación a la empresa, denunciada por el propio Levin, 22 trabajadores fueron detenidos ilegalmente y trasladados a la comisaría cuarta, donde fueron torturados, y en la mayoría de los casos fueron despedidos.
Luego de pasar unos días en la comisaría, la mayoría de los empleados fueron liberados, mientras que el resto fue trasladado al penal de Villa Las Rosas, donde siguieron detenidos.
El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de Salta es presidido por Marta Liliana Snopek e integrado por sus pares María Alejandra Cataldi y Abelardo Jorge Basbus, mientras que el fiscal general Carlos Amad, del Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Salta, representa al Ministerio Público.
El 18 de octubre pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó dejar sin efecto la absolución de los acusados, dispuesta por la Cámara Federal de Casación Penal, tras revisar las condenas dictadas en marzo de 2016.
En esa oportunidad, el Tribunal Oral Federal de Salta condenó a Levin a la pena de 12 años de prisión, por los delitos de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos en perjuicio de un trabajador de su empresa, y se convirtió así en el primer empresario del país condenado por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.
En ese juicio, también fueron condenados los expolicías Víctor Hugo Bocos y Víctor Hugo Almirón, a la pena de 12 años de prisión; y Hugo Enrique Cardozo a 8 años de prisión.
Esta condena fue apelada y la Cámara Federal de Casación Penal determinó que no se trataba de delitos de lesa humanidad, tras lo que el fiscal acudió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que hizo lugar a su planteo.
Entre los argumentos, Amad sostuvo que a partir del pronunciamiento de la corte nacional quedó establecido definitivamente que los hechos formaron parte del ataque a la población civil que tuvo lugar durante el terrorismo de estado y que los hechos debían ser considerados crímenes de lesa humanidad.
Télam