CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 13 SEPTIEMBRE 2023.- Misiones es uno de los estados provinciales mas voraces a la hora de recaudar impuestos y, en los últimos tiempos, ya no le alcanza con “exprimir” al sector privado provincial sino que el gobierno de Oscar Herrera Ahuad, a las órdenes del “caudillo” Carlos Rovira pretendió cobrar impuestos de sellos por contratos que se firman a 1.141 km de Posadas, distancia que la separa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con el fallo de los jueces supremos se pone una barrera al esquema impositivo, denunciado varias veces por abusivo y agresivo, ideado por Carlos Rovira, gobernador de la provincia entre 1999 y 2007, y Miguel Ángel “Pimpy” Thomas que estuvo al frente de la Dirección General de Rentas (DGR) provincial durante dos décadas hasta el año 2019.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación sentenció que la provincia de Misiones no debe cobrar un impuesto de sellos a fideicomisos financieros constituidos en la Ciudad de Buenos Aires y reafirmó que ninguna provincia puede legislar “sino sobre las personas o cosas sometidas a su jurisdicción”. Lo hizo en el marco de una demanda que inició la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA), el Banco de Valores S.A., el Banco Patagonia S.A. y el Banco Deutsche Bank S.A., los tres últimos en su carácter de fiduciarios de diversos fideicomisos financieros, contra la provincia de Misiones.
Este revés judicial llega en un mal momento para los recaudadores de la tierra colorada porque el anuncio realizado, recientemente, por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, de eliminar la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, le provocará una caída de los ingresos por coparticipación del orden del 3,5% de los 43.000 millones de pesos que recibió Misiones en el mes de agosto.
Misiones es uno de los estados provinciales mas voraces a la hora de recaudar impuestos y, en los últimos tiempos, ya no le alcanza con “exprimir” al sector privado provincial sino que el gobierno de Oscar Herrera Ahuad, a las órdenes del “caudillo” Carlos Rovira pretendió cobrar impuestos de sellos por contratos que se firman a 1.141 km de Posadas, distancia que la separa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Con el fallo de los jueces supremos se pone una barrera al esquema impositivo, denunciado varias veces por abusivo y agresivo, ideado por Carlos Rovira, gobernador de la provincia entre 1999 y 2007, y Miguel Ángel “Pimpy” Thomas que estuvo al frente de la Dirección General de Rentas (DGR) provincial durante dos décadas hasta el año 2019.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación sentenció que la provincia de Misiones no debe cobrar un impuesto de sellos a fideicomisos financieros constituidos en la Ciudad de Buenos Aires y reafirmó que ninguna provincia puede legislar “sino sobre las personas o cosas sometidas a su jurisdicción”. Lo hizo en el marco de una demanda que inició la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA), el Banco de Valores S.A., el Banco Patagonia S.A. y el Banco Deutsche Bank S.A., los tres últimos en su carácter de fiduciarios de diversos fideicomisos financieros, contra la provincia de Misiones.
Este revés judicial llega en un mal momento para los recaudadores de la tierra colorada porque el anuncio realizado, recientemente, por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, de eliminar la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, le provocará una caída de los ingresos por coparticipación del orden del 3,5% de los 43.000 millones de pesos que recibió Misiones en el mes de agosto.
La costumbre implementada por los gobernadores que sucedieron a Rovira hasta la actualidad, todos amanuenses del llamado “jeque” de la tierra colorada, de cobrar impuestos por actividades con sede en otros estados provinciales no es nueva.
Ya en 2020 empresarios bonaerenses levantaron la voz junto a los misioneros por esta costumbre. La voluminosa recaudación misionera provenía en parte por la forma en que la provincia dispuso el cobro anticipado del gravamen para las empresas que tienen actividad en varias jurisdicciones.
Eso genera grandes saldos a favor de los contribuyentes. Aquellos ciudadanos que pretendan la devolución de esos saldos comienzan a transitar un tortuoso laberinto burocrático en el que los trámites se suceden y donde no hay ninguna princesa Ariadna que extienda un hilo al que reclama para encontrar la salida de semejante enrollo y confusión. Esos saldos cuando regresan a la gente están licuados por la inflación.
Acerca de esta cuestión, el fallo de la Corte Suprema, en unos de sus párrafos señala severamente a la administración de Herrera Ahuad.
“Si bien la potestad fiscal que asiste a las provincias es una de las bases sobre la que se asienta su autonomía -inconcebible si no pudieran contar con los medios materiales que le permitieran abastecerse-, el límite de esas facultades está dado por la exigencia de que la legislación que dicten al respecto no sea contraria a normas de naturaleza federal o a la propia Constitución Nacional”.
NA